Las preguntas de los millones
Así, a bocajarro: si se hubieran pagado las obras de Génova 13 y las compras de sedes provinciales con dinero legal, cosa que no parece cierta dado que el Juez da crédito a los papeles de Bárcenas, ¿habría quedado saldo A para pagar los sobresueldos a la cúpula del PP?
¿En qué medida se habrían podido pagar tales extras ensobradas a esa cúpula en relación a los pagos se hacían desde la caja B?
¿Sería accidental que los beneficiados por los sobresueldos no supieran nada de los pagos en B pero que a la vez ellos fueran los primeros beneficiados del exceso de tesorería A sobrevenida por los pagos en B?
¿Sería de recibo que se alegase por el Consejo de Administración de PP SA que no estuviera al tanto de TODOS los movimientos de dinero en La Empresa?
¿De verdad piensan que a estas horas y desde años nos tragamos que Bárcenas fuera un verso perdido en el PP y que actuase a espaldas del Consejo de Administración de PP SA?
¿Nos consideran en PP SA tan idiotas comos para creerles?
¿Son tan creídos en PP SA como para pensar que les creemos?
¿Basta con pedir perdón? Eso es reconocer un tremendo error de gestión que en política no tiene más salida que la dimisión irrevocable de todos los cargos.
¿Piensan que nos tragamos que los "malos", que parecen legión en PP SA, pasaban desapercibidos y que nadie se daba cuenta de sus faenas?
¿Nadie reparaba en el excesivo ritmo de vida de los identificados como garbanzos negros o es que eran indistinguibles de la totalidad?
¿Alguien se ha aproximado al PP con la tierna e inocente pretensión de colaborar a la buena marcha de España,a que las pensiones sean dignas, a que la educación sea un objetivo preferente o a que la sanidad pública sea irrenunciable?
¿Alguna vez el Presidente del PP nacional o la Presidenta del PP en Madrid se han sentado en una mesa sin un solo sospechoso a su vera?
Si Esperanza Aguirre es tan despabilada como para trabajar de caza talentos ¿cómo es que cualquiera que se le acercara se la pegara con queso a las primeras de cambio? Si de verdad fuera empleada de una empresa de tal perfil la debieran despedir de inmediato.
¿Qué criterios se manejan en el PP como para dar puntos al hecho de que un aspirante a trepa se monte en una cosechadora o viva en un pueblo? Ya se ve lo que viene ocurriendo en Pastrana.
Si no les perdonan ni sus votantes ¿por qué siguen al frente de la nave con una vía de agua del calibre que revelan las encuestas?
¿Dejarán el barco con los pasajeros abandonados a su suerte como ocurrió con el Capitán del Costa Concordia?
¿Quemarán todo lo que les pudiera comprometer en caso de un abrupto irrumpir de la justicia en sedes regionales, provinciales, domicilios, bancos nacionales y extranjeros?
¿Lo habrán quemado ya?
¿Quién querrá hacerse cargo de PP SA cuando entre en quiebra electoral y financiera si al final pierde más de cien diputados y representación en más de veinte provincias?
Pensábamos que escribíamos esto desde un sueño, pero una vez releído nos percatamos de que es coincidente con la cruda realidad. Ni el más iluso de los promotores de Podemos podría haberse imaginado que cada día, cada hora, cada denuncia por corrupción, cada detención, cada encuesta, cada telediario, cada programa de televisiónsu cuenta de simpatizantes y votantes declarados creciera como la espuma.
En Pastrana a 3 de noviembre de 2014
Pánico en el escaño
La corrupción crónica y estructural de España puede tener el resultado imprevisto de llevarse por delante hasta el estatus perverso y antidemocrático de la ley electoral en cuanto al Congreso y al Senado
Hasta ahora los partidos mayoritarios han sido premiados por una ley electoral democráticamente indefendible que en base al concepto de circunscripción electoral identificada con la división administrativa de España en provincias tiene como resultado inmediato que para el tercer diputado en Guadalajara basten 25.000 votos mientras que en Madrid se necesitan más de 100.000 para el número 33. Antidemocrático sin más pero que, como todo lo injusto, termina por volverse contra quienes se han beneficiado de ello; de hecho, el secuestro del escaño que supone la ley electoral es una estafa democrática y fuente de corrupción. Tal ley de entrada garantiza a los mayoritarios una base de representación potente con pocos votos; casi no merece el esfuerzo intentar cambiar el previsible resultado. Ahora se tendrán que pelear hasta el último voto con el riesgo cierto de quedarse sin escaño.
Terror, pánico, desconcierto y más. Eso es lo que se respira en los dos grandes partidos. Esta nota estaba enfocada hasta ayer mismo de otro modo pero ante lo publicado hoy en El País y lo que se avecina por el CIS ha sido oportuno reescribirla. Esas encuestas no incluyen el devastador panorama de corrupción criminal descrito por el Juez Eloy Velasco en la operación Punica, lo que supone un salto cualitativo en la apreciación de la judicatura que nos pone en la antesala de definir lo conocido hasta la fecha como asociación mafiosa nacida, en esta caso y sobre todo, en el corazón del partido del Gobierno: un ex senador hasta este mismo año dirigiendo tal organización. Ya veremos lo que se puede desvelar en algunas provincias menores, como las de Castilla la Mancha.
El problema no son las caídas en intención de voto de los dos grandes partidos, sobre todo en el PP. Lo aterrador, para ellos, es la tendencia. Y la tendencia apunta a que antes de fin de año Podemos puede tener pre asignado un 40% de voto decidido.
¿Qué derivas puede tener esto? Muchas y nada tranquilizadoras para los partidos de la alternancia. La primera es que en al menos 30 provincias Podemos puede alcanzar 2 de los 3 Diputados en juego y 3 de los cuatro Senadores. Es decir, estamos en la antesala de que en la mayoría de las provincias uno de los dos, hasta ahora, grandes partidos sea extraparlamentario. La segunda es que las finanzas de los dos partidos se desplomarán y les obligarán a adelgazar estructura lo que a su vez echará a muchos de sus cargos al paro.
Y Rajoy pidiendo perdón en nombre de su partido. No se recuerda que en las atribuciones del cargo de Presidente del Gobierno figure ese papelón. Al Gobierno también se le llama Ejecutivo y eso ni se aprecia ni se atisba en este Gobierno esclerótico y atenazado por una corrupción partidaria como no se ha conocido en democracia. Y lo que falta por alumbrarse.
En Pastrana, Día de Difuntos, a 2 de noviembre de 2014
El PP y la sorprendente caja BB
-Indicios de una contabilidad B de la contabilidad B-
El PP se empeña todavía, tal es su carencia de argumentos, en transmitir a la ciudadanía que las faenas de Bárcenas eran ajenas a la actividad oficial del PP. Nadie cree a Rajoy ni a su secretaria general; ni los suyos, incluidos diputados que exigen una solución públicamente. Ahora se imputa a Acebes, que fue Secretario General con Rajoy. Mañana nada es descartable tal es el grado de descomposición moral y estructural de ese partido.
Siguen nombrando imputados para cargos públicos, como ha sido el caso de sustituir a un señalado, muy señalado, como corrupto en Valencia por otro imputado. Como ha ocurrido y se ha denunciado desde hace años, nombrando Subdelegado del Gobierno en Guadalajara a un imputado por prevaricación y primer responsable de que, como Alcalde, se dejaran de recaudar más de 20 millones de euros por no aplicar sanciones urbanísticas en este pueblo, en Pastrana. Ante estos 20 millones se antoja hasta irrelevante el asunto de la imputación, cosa que por lo demás sólo le podría reportar una condena de inhabilitación y para cuando le llegara hasta le habría dado tiempo a jubilarse; aunque las cosas pueden cambiar en el enfoque de esa imputación y a las que puedan agregarse; ya se verá.
Insisten estérilmente en el PP, pues nadie les cree, en que Bárcenas era de todo menos bonito y que lo que hacía eran cosas suyas. Por lo transmitido desde el juzgado de modo persistente, consta que de la contabilidad B (de tarjeta Black, de Bárcenas, de Basura -toledana-, de bodrio alicantino) salieron unos 900. 000 euros para darle unos arreglillos a la planta noble, esa en dónde se cuece lo importante en el PP.
Ante lo anterior la realidad se impone a la propaganda, a la falacia y a la fabulación. ¿Cómo cuadra que el PP impute a Bárcenas que hiciera todo aquello de la contabilidad "B" a título personal, es decir como propia del contable y ajena al PP, y que a la vez de los fondos oscuros que manejaba aplicara, como si fuera un donativo suyo, al menos, esos 900.000 euros en arreglos de la sede, sólo en la planta siete? Si fuera así, debieran nombrarle hijo adoptivo, hijo predilecto y hasta hijo putativo del partido.
Desde luego que es imposible aceptar para el ciudadano medio que el tan tildado sinvergüenza, por sus antes declarados admiradores que empezaban en el Presidente, "Aguanta Luis, aguanta" le dijo, hiciera tan graciosa aportación si ese dinero fuera cosa suya y por lo mismo, ese dinero parece razonable convenir que era de dominio y control en su captación y aplicación de algunos más que el referido contable en las altas esferas del Partido Popular. Y ahí es donde el PP con Rajoy y la reina del diferido al frente deben de explicarse a la sociedad.
A lo peor la explicación sería que lo acumulado por Bárcenas fuera
Quién es quién
en el tenebroso mundo del Urbanismo Municipal
-Caso Arquitectos Honoríficos, V-
RESPONSABILIDAD DE LOS AYUNTAMIENTOS III)
Gabriel Ruiz del Olmo
Ex Alcalde de Almonacid de Zorita
(En la imagen a la derecha, junto al Subdelegado del Gobierno en Guadalajara)
2.- “El servicio es necesario para el Ayuntamiento, no siendo necesario ni conveniente asumir con personal propio, del cual carece actualmente la Corporación, la prestación del servicio del mismo, por lo que se recurre a la contratación administrativa”Sí, es así, y queda reflejado en tal contrato en el cual firman el Alcalde y la Secretaria Municipal, conviniendo en que el técnico realizará, a la orden del Alcalde y con conocimiento de la Secretaria (que no pondrá reparos a las aportaciones del Sr. Lizano) las labores que están reservadas explícitamente a funcionarios, a saber:
…
“Que sobre las bases o antecedentes que preceden, las partes proceden a otorgar contrato de consultoría y asistencia técnica de prestación de servicios de arquitecto en el Ayuntamiento
No puede quedar mejor dicho: lo que se firma es un contrato de proveedor, en tal caso de servicios.
Tales premisas no impiden que se concreten las siguientes tareas
1. Informar los expedientes de petición de obras mayores, resolver cuestiones de planeamiento, y en general todos los de carácter o con implicaciones urbanísticas y/o edificatorias.
2. Realizar labores de inspección e información en el área de disciplina urbanística, siguiendo instrucciones del Ayuntamiento.
…
11.- Informes de ruina
Para los no que no se quieren dar por enterados en el asunto de los honoríficos
Existe un informe de la Diputación de Toledo que da una verdadera vuelta de tuerca al asunto de la ilegalidad de los honóríficos.
VER INFORME EN ESTE ENLACE
Aquí sólo vamos a transcribir parte del contenido:
Ahora bien, no siempre la relación de servicio mantenida por los distintos profesionales con una Administración es una relación de empleo, de las encuadrables en el marco legal aplicable al personal al servicio de las Administraciones públicas – al que sin duda pertenece la citada Ley 53/1984 –, sino que, muchas veces, dicha relación de servicios se instrumenta jurídicamente mediante la suscripción de un acuerdo de voluntades entre el profesional y la Administración , bien se encuentre éste sometido a los términos y condiciones establecidas en la legislación de contratos, bien resulte amparado aquél por la irregular y, sin duda, alegal figura de los denominados “arquitectos honoríficos” .
Por eso, a la hora de “reflexionar” sobre la compatibilidad o incompatibilidad de aquellas actividades desarrolla das por los arquitecto de forma simultánea tanto en el ámbito público como en el privado, habría que distinguir si se trata de un funcionario o empleado público, o si, por el contrario, el desempeño de su función lo es como consecuencia de la ejecución de un contrato de servicios o del irregular acuerdo de voluntades al que nos acabamos de referir, en cuyo caso el sistema legal de incompatibilidades no resultaría de aplicación
Así pues, solo en el primero de los supuestos mencionados resultaría de aplicación el régimen legal de incompatibilidades, que, por lo demás, creemos que es el supuesto para el que solicita la colaboración del Ayuntamiento el Colegio de Arquitectos, pues, en los otros dos supuestos la relación de ser vicios acordada entre ambas partes, vía legislación de contratos o mediante la designación como “arquitecto honorífico” del profesional por parte de la Administración, solo podría ser contemplada bien desde la perspectiva legal de la aplicación por esta última de las prohibiciones para contratar establecidas en la citada legislación de contratos, o bien desde la exigencia y aplicación por parte de los órganos de gobierno del Colegio de las normas incluidas en su Código Deontológico, a las que se encuentran sujetos todos los profesionales colegiados, sin distinción del ámbito público o privado en que pudieran realizar su actividad
En conclusión, cabe afirmar que solo en el caso de existir una relación de empleo entre un Arquitecto y la Administración a la que sirve, en los términos que han quedado explicitados más arriba, podría hablarse estrictamente de una situación de compatibilidad o incompatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales simultáneas en la Administración pública y en el ámbito privado, y, por esa misma razón, debería el Ayuntamiento aplicar el régimen legal de incompatibilidades previsto en la mencionada Ley 53/1984. Por el contrario, en ningún caso resultaría de aplicación el expresado régimen legal en aquellos otros dos su puestos a que nos hemos referido más arriba, en el primero de ellos, porque las normas que disciplinan y verdaderamente garantizan la imparcialidad, independencia y objetividad requerida a los profesionales que contratan con la Administración se encuentran recogidas en la legislación de contratos del sector público, y en el segundo, porque la utilización por el Ayuntamiento de los denominados “arquitectos honoríficos” , si bien responde a un estado de penuria económica y necesidad de contar con el apoyo técnico de dichos profesionales por parte de la inmensa mayoría de los pequeños y medianos Ayuntamientos, es en sí misma una evidente actuación alegal y, por tanto, rechazable desde un punto de vista estrictamente jurídico, al enfrentar dicha práctica administrativ a con el deber legal impuesto a la Administración en orden a garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de objetividad y su sometimiento a la legalidad.
Pastrana a 30 de septiembre de 2014
Quién es
quién en el tenebroso mundo del Urbanismo Municipal
-Caso
Arquitectos Honoríficos, III-
RESPONSABILIDAD DE LOS
AYUNTAMIENTOS (I)
Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco
Ex Alcalde de Pastrana
IMPUTADO POR PREVARICACIÓN URBANÍSTICA DESDE 2010: por dar licencias en suelo no urbanizado. Tal mérito parece que fue suficiente para que Cristóbal Montoro le nombrara Subdelegado en Guadalajara y le daría también el impulso necesario para alzarse como Secretario Provincial del PP.
Funcionario Público, licenciado en económicas. Responsable de Economía y Hacienda en la diputación de Guadalajara (1991-1995). Responsable de varias sociedades inmobiliarias ligadas a la Caja de Guadalajara, de la que fue presidente y a la que puso en el disparadero de intervención por el Banco de España. En detalle, su CV incluye:
1 .Desempeñó el cargo de Diputado de la Diputación de Guadalajara entre los años 1991-1995 Miembro liberado del Equipo de Gobierno de la Diputación Provincial como responsable de Economía y Hacienda de 1991 a 1995, época en la que el control de dietas (esto recuerda a las tarjetas negras de Caja Madrid) era más que liviano (junto al ex-Presidente y ex-senador Francisco Tomey, su mentor político) y 1999-2003. Fue también vicepresidente.
2 .De 1991 a 1996 vocal de GESTIÓN URBANÍSTICA DE GUADALAJARA, S.A. de la que fue ADMINISTRADOR.
3.De 1993 a 1995 miembro del Consejo de Administración y Vicepresidente de la Caja de Guadalajara
4. Presidente de la Caja de Guadalajara con el salario más alto de la historia de la Caja, entre 1995 y 1999, periodo en el que percibió unos emolumentos que superaron los 68 millones de pesetas. Y la caja a punto de ser intervenida por el Banco de España.
5.Secretario del Consejo de Administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) (1996-1999).
6. En el año 2000 fue ADMINISTRADOR de SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS CAJA DE GUADALAJARA, S.A.
7.Fundador y Consejero Delegado de Wad al Hayara Servicios s.a. (Guadalajara), empresa cuyo fin era la especulación inmobiliaria. Entre julio de 1999 (4 días antes de la constitución del 1º GOBIERNO socialista de la Diputación de Guadalajara) y 2001. Cuyo OBJETO SOCIAL es: LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS URBANÍSTICOS, LA COMPRAVENTA, ADMINISTRACIÓN,ARRENDAMIENTO NO FINANCIERO O EXPLOTACIÓN, BAJO CUALQUIER FORMA O MODALIDAD, DE FINCAS RÚSTICA O URBANAS.
8. Fundador, Presidente y Consejero Delegado mancomunado de Inmobiliaria Monte Arenal,2000 S.L.(Madrid), entre septiembre de 1999 a julio de 2000. Cuyo OBJETO SOCIAL es: LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS URBANÍSTICOS, LA COMPRAVENTA, ADMINISTRACIÓN. ARRENDAMIENTO NO FINANCIERO O EXPLOTACIÓN, BAJO CUALQUIER FORMA O MODALIDAD, DE FINCAS RÚSTICA O URBANAS. (empresa controlada por ARTURO CARPINTERO LÓPEZ; ver riesgos de la Caja de Guadalajara y apuntes del Registro Mercantil de 2002 en WAD AL HAYARA SERVICIOS S.A., sobre inspecciones del Banco de España; ver también la empresa constructora y explotadora de la Residencia de Ancianos de Pastrana, cuyo director es actual de Alcalde de Pastrana).
Entre sus méritos en la cloaca del urbanismo destacan:
Dar licencia de construcción para 44 viviendas que encubren una planta de más
Dar licencia para construir decenas de viviendas en suelo no urbanizado (y así lo ratifican un informe de Disciplina Urbanística de la Junta y otro Judicial)
Permitir que constructores se apropien de suelo público (viales) para edificar sobre ellos
Empotrar honoríficos en el Ayuntamiento
Autorizar un quiosco que la Justicia ha declarado ilegal ordenando su derribo en 2013
Declaró en el juzgado
que en 2004 aprobó el POM sin leerlo
que no tiene ningún conocimiento de la normativa urbanística local
que todas sus resoluciones lo han sido previo de informe de técnico municipal
que en Pastrana él siempre resolvió en base a informes de honoríficos
En cuanto a lo primero, es posible que aprobara sin leer lo que aprobaba, lo cual en el más cariñoso de los reconocimientos debiera ser definido como desidia y que por ello sería indigno de ocupar un puesto público
En cuanto a lo segundo, se trata de una declaración cínica sin más (repase el lector su historial en el encabezado y contraste si ante tal relación lo afirmado no es sino una burla ante el JUEZ)
En cuanto a lo tercero: ES FALSO. Y como botón de muestra, lo siguiente: En 2005 aprobó una licencia para 20 viviendas. No había informe, que fue aportado 5 días después y ello ni siquiera era un informe pues era un escrito de un honorífico. Pero es que admitió que nunca tuvo técnico municipal (eran honoríficos a los que empotraba, que no nombraba pues sería otra ilegalidad y para ello se hacía el teatrillo del nombramiento -ilegal- en pleno pues de entrada el pleno no tiene competencias para nombramientos de personal).
En cuanto a las construcciones autorizadas sobre viales:
Presentada denuncia y mediando informe de honorífico, se negó a recuperar el suelo permitiendo que el suelo se vendiera
También se negó a inspeccionar, resolviendo sobre FALSOS informes de técnico municipa, inexistente en el Ayuntamiento, y sustituyendo tales informes oficiales por otros escritos que no podría ser informes preceptivos
Dejó caducar un expediente contra el usurpador, alegando no lograr notificarle siendo que a la vez le adjudiaba obras a dedo
Aprobó una segregación en la que se daba a otro promotor más de 400 m2 de un vial repartido en las fincas segregadas
Ha permitido una construcción de más de 500 m2 en la zona de exclusión edificatoria que define el POM en la travesía de Pastrana que él aprobó en 2004
Aprobó una reparcelación que implicó un desvió de un vial
Aprobó vallados ilegales
Aprobó establecimiento de negocios de materiales de construcción en suelo protegido
No ha perseguido una construcción absolutamente ilegal de una prima suya
Intentó tapar todas sus actuaciones ilegales instando de tapadillo en Fomento en 2011 una modificación del POM que tenía por única finalidad una legalización encubierta de todas las ilegalidades
Aprobó una licencia que en fase de proyecto contemplaba la apropiación de otro vial y sin informe técnico. Luego, por sus especiales relaciones con el usurpados, empotró a un hijo de éste como honorífico en el Ayuntamiento. En sus primeros tiempos, trabajó para el promotor
Se dirigió al Consejo consultivo de la Comunidad, aportando escritos en los que menciona a los "técnicos municipales", que eran inexistentes y por ello lo comunicado al Consejo era FALSO.
En cuanto al quiosco, la sentencia concreta el modo de proceder de este personaje:
"Podemos concluir que se ha pasado de un quiosco desmontable, a una instalación fija y definitiva en una plaza incluida con el nº 23 del catálogo de Bienes Protegidos del Plan de Ordenación Municipal con Protección Ambiental Especifica (Grado 3º), ubicada en conjunto histórico de Pastrana; se ha acreditado que inicialmente la concesión y las licencias de actividad y de obra determinaban una ocupación en planta de 42.68 metros cuadrados, y finalmente la ocupación ha sido de 50.50 metros cuadrados, y con la terraza la ocupación definitiva es de 81.80 metros cuadrados; y se ha acreditado que del quiosco inicial aprobado se ha pasado a un bar restaurante que prácticamente dobla su tamaño al autorizado según el pliego que en ningún momento se ha modificado."
"Ante la pericial de la parte recurrente no podemos dar ninguna eficacia a la información del técnico municipal que ha comparecido en las actuaciones, y para ello es suficiente traer a colación la última parte de su declaración en el acto del juicio y en cuya conformidad podemos concluir que se pasó de una instalación provisional a una instalación definitiva; que es posible que le pidieran que informara con urgencia; que no le consta la modificación del pliego de condiciones; que no se efectuó inspección del funcionamiento; y especialmente que NO COMPROBÓ QUE LO EJECUTADO SE ADAPTARA A LO PROYECTADO."
Como se ve, el juez identifica erróneamente a perito como "técnico municipal". Y ello en base a que el Ayuntamiento FALSEÓ ante el tribunal la verdadera condición de quien no lo era. Es decir, lo que podría considerarse un fraude procesal también ha sido una constante en el Ayuntamiento de Pastrana, en dónde se ha empotrado a un abogado que de hecho actúa como abogado de los concejales pero pagado con fondos municipales. Un honorífico, a las órdenes directas de Sánchez hizo una FALSA inspección urbanística y de ella se valió Sánchez para imponerle dos sanciones de 14.000 euros. Y a otro vecino lo ha perseguido hasta reclamarle por sanciones 51.000 euros en base a supuestos expedientes que ha resuelto con informes preceptivos INEXISTENTES.
Se ha negado durante años a inspeccionar decenas de infracciones urbanísticas, lo que hubiera podido reportar al Ayuntamiento varios millones de euros en sanciones. Evidentemente, en tales tropelías los beneficiados han sido los que edificaron sobre alturas y los que robaban, con su visto bueno y liecnias, suelo público para edificar.
Durante 21 años ofició de Alcalde de Pastrana.
Pastrana a 4 de octubre de
2014
Quién es
quién en el tenebroso mundo del Urbanismo Municipal
-Caso
Arquitectos Honoríficos, II-
RESPONSABILIDAD DE LA JUNTA DE
COMUNIDADES
Isidro Javier Zapata
Romero
DIRECTOR GENERAL VIVIENDA, URBANISMO Y PLANIFICACION TERRITORIAL
JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA
Delegación de la Junta de C de CM en
Guadalajara
Continuará.
Pastrana a 27 de septiembre
de 2014
El
Ministro imbécil (otro más) y 10000 "cultos"
Margallo. Ese es el ministro en cuestión. Y es imbécil por bocazas y por reciprocidad merecida. Casi se pierde la cuenta de los imbéciles que demostradamente conforman el actual del Gobierno, con el agravante de que ya lo eran antes de resultar nombrados ministros; todo ello dicho en el más estricto de los significados que la palabra imbécil tiene en política. Tras sus manifestaciones de ayer, después vino lo consabido y ritual: que si el contexto, que si se quiso decir otra cosa,... En fin, unas redeclaraciones que al oyente le dejan entre cabreado (ahora se dice indignado, quizá como resultado de algún concienzudo estudio de márketing político) y con la boca abierta. Y es que con eso cuentan estos personajes, estos imbéciles; cuentan con tratar como imbéciles a los que oyen sus despropósitos negando a renglón seguido la más manifiesta de las evidencias para cualquiera que no es sino aquello de lo que ha sido testigo directísimo. Por ello, por reciprocidad automática y bien que se lo ha ganado, Margallo es un imbécil.
¡Qué tierno !
(2)
¡Qué tierno ! (2)
Comparece como imputada por usurpación de funciones públicas la ex-honorífica de Pastrana Angélica Wallachs Jáuregui-Lorda, arquitecta honorífica. Dice, literalmente, que
a. “Que no ha hecho ninguna oposición pública como arquitecta honorífica del Ayuntamiento”
b. “Que el horario laboral era como arquitecta una mañana eran 4 o cinco horas”
c. “En el Nombramiento de 2013 [era] una vez por semana en horario de abertura (sic) del Ayuntamiento”.
d. “Que no ha realizado ninguna inspección urbanística en el Ayuntamiento de Pastrana”
e. “Las Inspecciones Urbanísticas son actos reglados y que solo pueden ser realizadas por funcionarios de oposición”
f. “El Ayuntamiento le solicita informes de asistencias del Ayuntamiento para distintas situaciones , ella no concede una licencia , se le solicita verificar si el proyecto que se presenta se corresponde con el POM, su informe no es vinculante”
g. Rectificando su declaración, consigna: ”Que ella no usurpa ninguna función pública, sino que ejerce las funciones especificadas en el contrato y nombramiento”
De todo ello, lo cierto es que no mantiene relación laboral alguna con el ayuntamiento, que no es funcionaria y que las inspecciones son actos reglados reservados a funcionarios (como la emisión de informes preceptivos). Lo falso es que diga que no realizaba actuaciones reservadas por ley a funcionarios.
También es significativo que contradice de plano el informe de la Secretaria Municipal a la que deja en evidencia en cuanta que la misma Secretaria informó falsamente sobre la realización de inspecciones obligatorias tras presentarse denuncia por infracción urbanística aduciendo que informaron "Técnicos Municipales" cuando lo cierto es que no existían.
A pesar de lo manifestado, la Sra Wallasch ha realizado numerosas inspecciones tal y como revelan los correspondientes informes de inspección. Y de todo ello existe constancia documental en el Ayuntamiento. Esperemos que, por ejemplo, un oportuno incendio en el Ayuntamiento no anule físicamente los expedientes afectados. No es una sugerencia, claro está.
Es obvio, por otro lado, que la secretaria Icíar Cisneros faltó a la verdad en su informe jurídico de 10 de octubre de 2011, cuando certificó, terminándose por elevar al juzgado el mismo informe sabiendo de la falsedad de su contenido, respecto de catorce acciones públicas urbanísticas:
“Cada una de ellas ha sido cursada por este Ayuntamiento por los Técnicos Municipales
Que hay que destacar que en los Informes de los Técnicos Municipales de estas acciones públicas se desprende que o no se ha encontrado la acción denunciada o no se han encontrado irregularidades en la actuación de este Ayuntamiento”
“Que estas acciones públicas conllevan realizar un expediente y realizar una inspección y un informe”
En relación a ello debe de observarse que:
1. La Secretaria Municipal identifica a la imputada Sra Wallasch como “técnico municipal” y dice que ha realizado inspecciones e informes de inspección, pero lo cierto es que la Sra Wallasch no es empleada municipal y por ello no es "Técnico Municipal". Nos encontramos en un supuesto con presunción juris tantum en el que se informa incorporando una gravísima falsedad por parte de la Secretaria Municipal que termina en los juzgados. Ello no impidió que la Secretaria Municipal encargara a la imputada informar e inspeccionar y tampoco que sus informes se aportaran como informes de inspección y preceptivos a los expedientes correspondientes. Ciertamente la Secretaria informó falsamente sobre la condición de "técnico municipal" de los aludidos, pues sólo eran "honoríficos". Antes o después, sobre todo antes, deberá aclarar lo por ella informado e incorporado posteriormente al Juzgado, a sabiendas de su falsedad, al efecto de hacer valer incluso ante la Sección Uno de la Audiencia la presunción de veracidad de los informes de funcionario, que como se ve eran inexistentes.
2. La imputada reconoce que no es empleada municipal ni “funcionario de oposición”, lo que es cierto, por lo que no se la puede encuadrar como “técnico municipal”, pero ella, la honorífica, por interés y sin reparos por su incompetencia, aceptaba realizar las tareas ya descritas y probadas reservadas a funcionarios. Así, se metió en el fango de la corrupción y sólo por dinero.
A ver si la Sra. Wallasch se entera: llegado a este punto en que la evidencia es que durante años habría incurrido en el tipo penal de usurpación de funciones públicas, lo sensato y de mayor interés para ella es abandonar su absurda estrategia actual, colaborar con la justicia, aceptar una condena en conformidad (que casi siempre lleva rebaja) y afrontar las responsabilidades que por sus actuaciones le corresponda. Claro, que puede ir a juicio y jugársela. Pero hay cosas con las que no es cabal jugar cuando todas las cartas están en contra. Incluso si mediara un eventual archivo provisional de actuaciones a los que tan habituados estamos en estos lares.
A la Sra Cisneros: valore lo que conviene a sus intereses. Comparezca motu proprio en sede judicial y aclare su proceder en relación a lo por Vd certificado sobre los demostrados inexistentes "Técnicos Municipales".
Pastrana, a 9 de julio de 2014astrana, a 9 de julio de
2014
Cataluña, de
mal en peor
De como curar una hepatitis C con un viaje pagado al país de los Faraones y mejorar el coste farmacéutico
El entreguismo del Gobierno de España a las grandes empresas deja tras de sí episodios de difícil justificación que hasta mueven a la risa.
Fuente: artículo de Vicenç Navarro en "Público", 20 de agosto de 2014.
El titular parecería uno de esos anuncios de adelgazamiento milagroso que tranforman un adefesio en una Elena de Troya en tres sesiones por sólo 20 euros y con regalo de una sesión para un primo igual de adefesio. Sin embargo se trata de una realidad por la que el Gobierno puede lavar su nefasta gestión en política de gasto farmacéutico.
El profesor Navarro desprotica, científicamente hablando, respecto del precio de determinados medicamentos y del coste de los mismos que, al amparo de supuestas investigaciones costoísimas de las farmaceúticas que en mucha ocasiones derivan de investigación básica que ellas no realizan sino que precisamente pagan los Gobiernos, ocasionan al enfermo una segunda muerte dolorosa que no es otra que la ruina económica.
Resulta que para la hepatitis C cuesta el tratamiento en España unos 25000 euros, aproximadamente más del doble en USA. Precisamente en este país una salida para que el estado corra con los gastos es delinquir pues para la población penitenciaria sí que se cubre el coste total; abracadabrante y tenebroso parece el asunto. Estas dos cifras ya ponen de manifiesto que el precio es de conveniencia y por tanto político. Así que, por cuestiones de política, que no puede ser otra de entrada que la del Ministerio de Sanidad en España, nuestros enfermos afectados de tal mal nos cuestan lo que viene a ser la entrada de una vivienda media. Un poco caro se nos antoja y muy indefendible también.
Teniendo la paciencia de leer completo el artículo citado, pues el doctor Navarro tiende a las citas y referencias bibliográficas exhaustivas al efecto de que todo quede debidamente justificado, se alcanza a conocer que el mismo efecto curativo se puede lograr por menos de un cinco por ciento (y hasta por la mitad ) del coste que tiene en España, en concreto en Egipto o en India. Sorprendente a la vez que cabreante y ello nos lleva a concluir que nuestros gobernantes en ejercicio son una casta de inútiles y entregados a los intereses de las grandes compañías, cosa que con frecuencia les es cumplida y generosamente recompensado, siendo que no habría necesidad a referir lo aquí expuesto sólo para concretar la misma afirmación como bien conoce nuestro lector habitual.
El Sr. Navarro, al hilo de los costes del tratamiento, recomienda al Gobierno de España, pagar un viaje al enfermo a tales lugares, hotel y manutención incluidos, y añadimos que hasta con acompañante. No es cosa de tomarlo a guasa pues al estado de California ya le ha sido aconsejado por un brillante economista. Ello sería una creativa, novedosa y hasta lúdica manera de aligerar el déficit de todo tipo ante el cual este Gobierno repleto de incompetentes y oportunistas, no alcanza a atajar.
Hágase como proceda sin rennciar a la propuesta pero, por favor, Sra Ministra, no adjudique Vd los viajes a esa empresa tan afecta a su partido y conocida de Vd y de su marido como es Viajes Pasadena, que luego pasa lo que pasa con los Jaguar y el confetti.
En Pastrana a 20 de agosto de 2014
Israel o cuando un Estado
alberga a un Gobierno terrorista
Los reciente episodios de guerra son una demostración palpable de que lo que está ocurriendo en Israel es un genocidio programado desde un Estado que se declara democrático
Israel es un Estado
1. reconocido por la mayoría de la comunidad de naciones
2. pretendidamente democrático
3. en permanente guerra contra los palestinos
Ante estos simples elementos, que no es posible poner en duda, pareciera que Israel gozara de simpatías por doquier y que éstas debieran de ser de obligada expresión para los ciudadanos de los otros países democráticos
Sin embargo, Israel
1. No está en guerra con ningún Estado de la Región
2. Está en guerra, en un evidente desequilibrio de fuerzas, con Organizaciones de Resistencia, a las que muchos pueden calificar como terroristas y ello no está falto de razón en casos, concretos que se van sucediendo entre los palestinos. Ahora los fundamentalistas de Hamas llevan la voz por delante de cualquiera de los restantes grupos armados palestinos; mañana, quién sabe.
Por lo antepuesto, es evidente que, haciendo un brevísmo repaso de la reciente y breve historia del Estado de Israel, lleva a cabo una guerra, continua primero de resistencia y ocupación, segundo, de afianzamiento, tercero de expansión y cuarto de consolidación de la expansión. Así, en este desglose se podrían encuadrar las sucesivas guerras que Israel ha afrontado (y también provocado) desde los años 30, casi 20 años antes de su declaración de independencia ligada a la conocida votación de la ONU en la que quedó claro que los que pueden compran y que los que quieren se dejan comprar (véase el caso de Argentina).
Israel ha sufrido, como pueblo disperso, mucho, casi lo indecible e inasumible, durante siglos. Eso debiera de haberle imbuido una empatía por los "sin tierra" y por los desplazados de sus naciones, estados o simplemente de los lugares en dónde, como pueblos, habitaron durante milenios (véase el caso de los filisteos ahora palestinos). No parece ser así sino que sus Gobiernos se empeñan en lo contrario, en hacerse odiosos (también temidos) por millones de occidentales que alguna vez les expresaron su simpatía.
Por eso es de nula inteligibilidad el proceder imperialista y agresor puesto en marcha desde hace lustros por los Gobiernos de Israel, que se fundamenta en exclusiva en el derecho que reporta la fuerza. Esto nos aboca a un enunciado nada agradable pero cargado de justicia: Los Gobiernos de Israel cada vez se asimilan más a organizaciones criminales, terroristas sin más.
Cualquier agresión, nada disculpable, por parte de facciones de fuerza palestinas, les vale a esos Gobiernos para actuar de modo absolutamente desproporcionado, alevoso y por ello, repetimos, incurren en violaciones flagrantes de los derechos humanos. Realmente repudiable. USA lo respalda y la UE no quiere enterarse. Y es que el dinero todo lo doblega; hasta la democracia. Al tiempo.
Pastrana, a 18 de julio de 2014.
Ya no son en exclusiva las particulares y justas razones de un vecino de Pastrana las que sustentan el revuelo que existe en los Ayuntamientos de toda la provincia de Guadalajara en relación a las irregularidades de todo tipo, incluidas las de índole penal y de nulidad de resoluciones, administrativas, que acompañan a miles de expedientes urbanísticos, pues miles serían las licencias de construcción y de primera ocupación afectadas, incluidos Planes de Ordenación Municipal. Todo ello por hacerse aportar, aportarse y consentir las aportaciones de los arquitectos honoríficos a los expedientes respectivos. Así, en Loranca de Tajuña podrían ser unos mil los chalets afectados (unas dos mil licencias); y Pioz, Valdeaveruelo, Albalate de Zorita (Nueva Sierra), etc.
No sabemos la razón concreta de su existencia, pero el Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla la Mancha (COACM) ordenó a su Asesoría Jurídica en 2013 la emisión de un informe jurídico que concierne a los arquitectos municipales y también y sobre todo a los honoríficos. Se puede encontrar en esta dirección: http://goo.gl/iVhyia . El informe lleva fecha 28 de octubre de 2013.
No deja de ser llamativo que tal dirección de Internet se corresponda con el Colegio Oficial de Secretarios Interventores y Técnicos de Administración Local (COSITALCLM), que es el colegio profesional de los Secretarios Municipales en Castilla la Mancha y que aportó puntualizaciones que afectan a la competencia exclusiva o no de los Arquitectos Superiores en relación a las de los Arquitectos Técnicos, lo que se puede leer en http://goo.gl/VnbKKq.
Será acaso una coincidencia la de la fecha del informe aludido pero el 29 de septiembre de 2013 se allegó al Sr Decano del COACM un email que decía:
Sobre el acceso a documentos en registros municipales es de tener en cuenta el peculiar proceder del Secretario del Ayuntamiento de Pastrana para quien parece no estar vigente la ley 30/92 art 35. Sobre las fechas apuntadas: las coincidencias no existen; al contrario, sobre todo existen las relaciones causa-efecto (baste para ello aceptar como buena la tercera ley del movimiento de Isaac Newton: a toda acción corresponde una reacción que ...) Ello es científico y no admite controversias; hasta la llegada del hombre a la luna se basa en el citado principio, por ejemplo.
En modo alguno, faltaría más, el remitente de esa misiva recibió la respuesta del COACM que se merecía por sus desvelos y cívico proceder y en modo alguno se le comunicó que sobre las actuaciones ilegales expuestas (presuntas y ahora en fase de investigación en sede penal) correspondiera la apertura de expediente deontológico alguno.
Es incomprensible este proceder del COACM por cuanto su Dirección parece que ser que, inexplicablemente, habría sucumbido a los intereses corporativistas a que son tan afectos en tales Corporaciones, según ha quedado plasmado en brillantes piezas de la mejor literatura del siglo XIX.
Dichas Corporaciones, por cierto, son de Derecho Público y por ello con obligaciones y responsabilidades que las equiparan a la Administración Pública. Pero claro si, según se nos dice, en alguna de las Demarcaciones del COACM existiría algún Vocal de la Junta directiva que es "honorífico", es casi imposible conseguir que acepten proceder contra los mismos. Y qué decir tiene si, además, los aludidos en denuncias deontológicas son hasta cabezas de Demarcación ( er denuncia al respecto por proyectos visados de obras en Pastrana en los que de entrada se edificaría sobre viales públicos).
En cuanto al informe referido, en el mismo se concreta que:
"Respecto a la elaboración de informes y dictámenes, intervención en actuaciones inspectoras en los expedientes de obras y urbanismo, al pertenecer al asesoramiento general y habitual de la actividad administrativa, entendemos que no pueden constituir el asesoramiento esporádico o especial que señala el art. 89 de la LBRL, o 12 de nuestra Ley de Empleo Público, relativas al personal eventual para que fuesen ocupados como puestos de confianza o asesoramiento especial
En este sentido el Tribunal Supremo (STS de fechas 2/09/04 y 17/03/05) señala:
“ deben quedar vedadas al personal eventual las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración Pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa”.
Tampoco , en la medida en que la emisión de informes preceptivos se inscribe dentro de una potestad de carácter público, la urbanística en sus manifestaciones de gestión y disciplina en las que la Administración para su ejecución actúa investida de prerrogativas públicas, dichas funciones, entendemos que no pueden ser objeto de prestación de servicios del actual art. 10 de la LCSP."
Y desde aquí añadimos: ni se compadecen con el art 301.1 del TRLCAP: "No podrán ser objeto de estos contratos los servicios que impliquen ejercicio de la autoridad inherente a los poderes públicos" ni con el art 9 del Estatuto Básico del Empleado Público. También implicarían una descarada y extendida incursión en el tipo penal de usurpación de funciones públicas, art. 402 del CP. Y hasta se dejaría de ver el tipo penal de malversación de caudales públicos y por supuesto, hasta la misma prevaricación, esa amante lujuriosa, obsesa, capciosa y persistente de tantos y tantos que sin el menor merecimiento ni honor pululan por nuestras administraciones públicas.
Puede el lector entretenerse en leer el citado Informe Jurídico que no tiene desperdicio. Teniendo en cuenta que en Castilla la Mancha existen cientos de pueblos y por tanto los correspondientes honoríficos y secretarios municipales afectados por tan público, obsceno e ilegal proceder (informes e inspecciones ilegales que de entrada convierten en nulos de pleno derecho los otorgamiento de licencias y los expedientes urbanísticos sancionadores) ¿a qué esperan el COACM y los correspondientes COSITAL para actuar con la contundencia a que les obliga su particular Estatuto de Corporaciones de Derecho Público y poner las cosas en sus sitio? Se les recuerda que como tales , si hicieran dejación de sus obligaciones, les son de aplicación, si ello fuera constatado, hasta la imputación de tipos delictivos como la prevaricación que además connlevarían la inhabilitación profesional; por no hablar de la obligación de elevar a la Fiscalía los hechos que fueran conocidos en el ejercicio de las obligaciones de sus miembros directivos.
No basta con alegar, como hace poco hizo el Secretario de una de las Demarcaciones del COACM, que "cada uno aguante su vela" a la vez que reconocía que la situación estaba detectada como irregular desde hace décadas. No basta con eso, Sr Secretario. El paso ineludible a dar sin tregua es allegar a los Ayuntamientos y arquitectos un informe sobre la gravedad, incluso con responsabilidad penal, que conlleva la intervención de los honoríficos en procedimientos que implican la emisión de informes preceptivos y de inspecciones por tales personas absolutamente incompetentes para ello. ¡Si es que ni se les podría recusar por no ser ni empleados municipales! Y por supuesto, respecto del COSITAL, recordarles, por mera cortesía, a sus colegiados, que en el trámite administrativo deben de rechazar la aportación de informes ilegales. Respecto de lo pasado, eso sí, que cada uno aguante su vela. Sería muy triste que hubieran de comparecer como imputados cientos de arquitectos y de secretarios municipales. A ver qué hacen.